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Resolución Vigente

Regla 26.ª Normas de funcionamiento y reglamento de régimen interno.

Regla 26 de la Resolución de 23 de diciembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueban las Reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de producción de energía eléctrica. · BOE-A-2015-14278

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.

Texto consolidado

El Comité de Agentes del Mercado diario de producción aprobará su reglamento interno de funcionamiento, en el que se establecerá la periodicidad de las sesiones, procedimiento de convocatoria, normativa de código de conducta, procedimiento de adopción de acuerdos y la periodicidad para la renovación de sus miembros.

El cargo de miembro del Comité de Agentes del Mercado no será remunerado.

El Presidente y el Secretario de este órgano serán elegidos por el Comité de Agentes del Mercado diario de producción entre sus miembros titulares.

En el plazo máximo de un año, a partir de la publicación de la presente Regla, se procederá a la confirmación o nombramiento por parte de las actuales asociaciones presentes en el CAM de sus representantes en el mismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-01-01.

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