Regla 19. Clases de documentos.
Regla 19 de la Resolución de 3 de julio de 2014, de la Intervención General de la Seguridad Social, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social. · BOE-A-2014-9469
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-06.
Texto consolidado
Los documentos de gastos plurianuales, son los siguientes:
1) MCEP.270, y su inverso, de modificaciones de crédito. Porcentajes y/o anualidades acordados por el Gobierno. Ejercicios posteriores.
2) MCEP.272, y su inverso, de modificaciones de crédito. Compromisos de gasto acordados por el Gobierno. Ejercicios posteriores.
3) RCEP.360 y su inverso, de retenciones de crédito. Ejercicios posteriores.
4) RCTA.365 y su inverso, de retenciones de crédito. Tramitación anticipada.
5) AEP.460 y su inverso, de autorizaciones de gasto. Ejercicios posteriores.
6) ATA.465 y su inverso, de autorizaciones de gasto. Tramitación anticipada.
7) ADEP.470 y su inverso, de autorizaciones y compromisos de gasto. Ejercicios posteriores.
8) ADTA.475 y su inverso, de autorizaciones y compromisos de gasto. Tramitación anticipada.
9) DEP.560 y su inverso, de compromisos de gasto. Ejercicios posteriores.
10) DTA.565 y su inverso, de compromisos de gasto. Tramitación anticipada.
11) Anexo de los documentos RCEP.360, RCTA.365, AEP.460, ATA.465, ADEP.470, ADTA.475, DEP.560, DTA.565 y MCEP.272, de ejercicios posteriores y su inverso.
12) Anexo del documento MCEP.270, de ejercicios posteriores y su inverso.
13) Anexo de información adicional y su inverso.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-5460.