Regla 17. Clases de documentos.
Regla 17 de la Resolución de 3 de julio de 2014, de la Intervención General de la Seguridad Social, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social. · BOE-A-2014-9469
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-09-18.
Texto consolidado
Los documentos de la contabilidad auxiliar del fondo de maniobra, son los siguientes:
1) PFM.809 y su inverso, de pagos por el fondo de maniobra.
2) PFMA.819 y su inverso, de pagos por el fondo de maniobra. Anticipos.
3) PFML.839 y su inverso, de pagos por el fondo de maniobra. Liquidaciones.
4) IPR.909 y su inverso, de ingresos por reintegros en el fondo de maniobra.
5) IGC.300 y su inverso, de ingresos por gastos compartidos.
6) IPRA.919 y su inverso, de ingresos por reintegros en el fondo de maniobra. Anticipos.
7) IPRL.939 y su inverso, de ingresos por reintegros en el fondo de maniobra. Liquidaciones.
8) Anexo del subsistema de contabilidad auxiliar del fondo de maniobra y su inverso. Aplicaciones presupuestarias.
9) Anexo del subsistema de contabilidad auxiliar del fondo de maniobra y su inverso. Descuentos correspondientes a las operaciones presupuestarias.
10) Anexo del subsistema de contabilidad auxiliar del fondo de maniobra y su inverso. Operaciones no presupuestarias.
11) Anexo del subsistema de contabilidad auxiliar del fondo de maniobra y su inverso. Descuentos correspondientes a las operaciones no presupuestarias.
12) Anexo del subsistema de contabilidad auxiliar del fondo de maniobra y su inverso. Centros relacionados.
13) AFMF, anexo del subsistema de contabilidad auxiliar del fondo de maniobra y su inverso. Registro contable de facturas.