El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Regla 1. Ámbito de aplicación

Regla 1 de la Orden EHA/4040/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Básico de Contabilidad Local. · BOE-A-2004-20807

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-01.

Texto consolidado

1. Podrán aplicar las normas contenidas en la presente Instrucción las entidades locales cuyo Presupuesto no exceda de 300.000 euros. A estos efectos, se tomará como importe del Presupuesto el de las previsiones iniciales de ingresos del último Presupuesto aprobado definitivamente por la entidad.

No podrán ejercitar la opción anterior aquellas entidades locales de las que dependan organismos autónomos, sociedades mercantiles o entidades públicas empresariales.

2. Cuando las entidades locales que apliquen la presente Instrucción aprueben definitivamente un Presupuesto superior a 300.000 euros, sólo vendrán obligadas a aplicar la Instrucción de Contabilidad local del modelo simplificado o del modelo normal, según corresponda, si dicha circunstancia se mantiene durante tres ejercicios consecutivos.

El cambio de modelo contable surtirá efectos, con carácter obligatorio, desde el 1 de enero siguiente a la entrada en vigor del tercer Presupuesto consecutivo superior a 300.000 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-01.

Más artículos de Orden EHA/4040/2004

En El Vínculo puedes leer Orden EHA/4040/2004 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.