Quinto. Condiciones generales de utilización de la vía telemática por las Intervenciones Delegadas, Regionales o Territoriales.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-14.
Texto consolidado
1. La aplicación informática contempla los siguientes perfiles de usuario: Interventor titular; Interventor; y personal de la Intervención.
1.1 El perfil de «Interventor titular» se asignará al titular de la Intervención Delegada, Regional o Territorial.
1.2 El perfil de «Interventor» se asignará al Interventor/es distinto/s del titular adscrito a la Intervención Delegada, Regional o Territorial, que pueda resultar designado como representante de esta Intervención General para asistir a los actos de comprobación material de la inversión.
1.3 El perfil de «personal de la Intervención» corresponderá a aquel personal de la Intervención Delegada, Regional o Territorial distinto de los anteriores, que determine el Interventor titular.
2. La aplicación COREnet, en función del tipo de usuario que accede presentará prestaciones distintas, atendiendo al perfil y a si el representante designado por esta Intervención General se integra o no en la Intervención Delegada, Regional o Territorial que ostenta la competencia para fiscalizar los actos de gestión del expediente relacionado con esa inversión:
2.1 El Interventor titular, el Interventor/es, y el resto del personal adscrito a la Intervención que ostenta la competencia para fiscalizar los actos de gestión relacionados con esa inversión, podrá realizar las siguientes operaciones:
2.1.1 Alta de solicitud de designación durante la ejecución de la inversión. Permite realizar a través de esta opción la captura del modelo normalizado de solicitud de designación de representante de la IGAE, con carácter previo a su suscripción y remisión, según anexo II.
2.1.2 Alta de subsanación de defectos y alta de modificación de una solicitud previa de designación durante la ejecución de la inversión. Permite realizar a través de esta opción la captura del modelo normalizado de solicitud de modificación, con carácter previo a su suscripción y remisión, según anexo IV.
2.1.3 Alta de solicitud de modificación de una designación. Permite realizar a través de esta opción la captura del modelo normalizado de solicitud de modificación, con carácter previo a su suscripción y remisión, según anexo V.
2.1.4 Alta de actas de recepciones y otros informes.
2.1.5 Seguimiento de designaciones.
2.2 El Interventor titular y el Interventor/es adscritos a dicha Intervención, además de las operaciones anteriores, podrá efectuar la firma electrónica de las solicitudes dadas de alta y pendientes de firma.
2.3 El Interventor titular, el Interventor/es, y el resto del personal adscrito a una Intervención distinta de la que ostenta la competencia para fiscalizar los actos de gestión relacionados con esa inversión, que sea designado como representante de esta Intervención General para efectuar la comprobación material de la inversión, podrá realizar las siguientes operaciones:
2.3.1 Alta de solicitud de modificación de una designación. Permite realizar a través de esta opción la captura del modelo normalizado de solicitud de modificación, con carácter previo a su suscripción y remisión, según anexo V.
2.3.2 Alta de actas de recepciones y otros informes.
2.3.3 Seguimiento de designaciones.
2.4 El Interventor titular de una Intervención distinta de la que ostenta la competencia para fiscalizar los actos de gestión relacionados con esa inversión, que sea designado como representante de esta Intervención General para efectuar la comprobación material de la inversión, y el Interventor/es adscritos a dicha Intervención, además de las operaciones anteriores, podrá efectuar la firma electrónica de las solicitudes dadas de alta y pendientes de firma.
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- ← Cuarto. Condiciones generales de utilización de la vía telemática por el Centro gestor de la solicitud.
- → Sexto. Condiciones generales de utilización de la vía telemática por los Delegados de asesores.
- Ver la norma completa: Resolución de 7 de julio de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se aprueban los procedimientos de solicitud por vía telemática de representante para los actos de comprobación material de la inversión, las comunicaciones y los modelos normalizados de solicitud.