Quinto. Cierre y apertura de expedientes académicos e historiales académicos.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-16.
Texto consolidado
1. Los expedientes académicos y los historiales académicos del alumnado que no hubiera concluido la Educación Secundaria Obligatoria con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden EFP/754/2022, de 28 de julio, se cerrarán mediante la diligencia correspondiente de las incluidas en el anexo VIII. Lo previsto en este apartado no será de aplicación para los alumnos y alumnas de los cursos segundo y cuarto que concluyan su escolarización en esta etapa en el curso 2022-2023.
2. Cuando la apertura de un nuevo historial de Educación Secundaria Obligatoria suponga la continuación de un historial anterior, este último se unirá al nuevo, en el que se hará constar dicha circunstancia, según se indica en el anexo VIII. Asimismo, esta información se trasladará al expediente académico.
Más artículos de BOE-A-2022-21189
- ← Cuarto. Informe de los resultados de la evaluación final del alumnado.
- → Sexto. Centros privados.
- Ver la norma completa: Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se establecen los modelos de los consejos orientadores, de la certificación oficial al concluir la escolarización en Educación Secundaria Obligatoria y de los documentos oficiales de evaluación correspondientes a esta etapa educativa para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional.