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Resolución Vigencia agotada

Quinto. Publicidad.

Quinto de la Resolución de 30 de junio de 2020, de la Dirección de Seguridad de Aeronaves de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se concede la exención del cumplimiento del artículo 4 bis.5) del Reglamento (UE) nº 1178/2011 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2011, en virtud del artículo 71 del Reglamento (UE) 2018/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2018. · BOE-A-2020-8068

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-17.

Texto consolidado

Esta Resolución o cualquiera de sus modificaciones se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado» y en la web de AESA.

El presente acto no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en virtud de los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas podrá ser objeto de recurso de alzada ante la Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. El plazo para interponerlo es de un mes desde el día de publicación de esta Resolución en el BOE.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-07-17.

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