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Resolución Vigente

Quinto. Contenido del Registro de apoderamientos.

Quinto de la Resolución de 18 de mayo de 2010, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en relación con el registro y gestión de apoderamientos y el registro y gestión de las sucesiones y de las representaciones legales de menores e incapacitados para la realización de trámites y actuaciones por Internet ante la Agencia Tributaria. · BOE-A-2010-8118

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-22.

Texto consolidado

Para dar de alta un apoderamiento en el Registro se harán constar los siguientes datos:

a) Nombre y apellidos, denominación o razón social y NIF del poderdante.

b) Nombre y apellidos, denominación o razón social y NIF del apoderado.

c) Trámites y actuaciones objeto de apoderamiento.

d) Fecha hasta la que está vigente el apoderamiento.

e) Número de referencia del alta y fecha de alta en el Registro.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-05-22.

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