Quinto.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-21.
Texto consolidado
La concesión de la moratoria se atendrá a las siguientes condiciones:
1. Se respetarán, en su caso, los límites de intensidad de ayuda permitidos por la normativa comunitaria en materia de ayudas de Estado.
2. Las cuotas objeto de la moratoria prevista por la presente resolución, derivadas de los préstamos correspondientes, deberán ser abonadas dentro del plazo de duración y vigencia del préstamo, que permanece inalterado, resultando de aplicación todas las condiciones establecidas en el mismo, particularmente en caso de impago, y sin que tales cuotas puedan entenderse capitalizadas y, por tanto, devengar nuevos intereses ordinarios.
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- Ver la norma completa: Resolución de 14 de abril de 2020, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, E.P.E., M.P., por la que se publica la Resolución de 6 de abril de 2020 del Consejo de Administración, por la que se regulan las condiciones y el procedimiento para solicitar la concesión de moratorias en el pago de cuotas con vencimiento en 2020 de préstamos formalizados al amparo de los programas de ayudas convocados y gestionados por IDAE.