Quinto. Delegación de competencias en los Delegados Especiales.
Quinto de la Resolución 4B0/38106/2019, de 11 de abril, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, sobre delegación de competencias. · BOE-A-2019-5977
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-23.
Texto consolidado
Se delega en la persona titular de las Delegaciones Especiales las siguientes competencias:
1. Todas las competencias enumeradas en el apartado Sexto.
2. En relación con los colectivos que les correspondan, resolver los procedimientos de concesión y, en caso de aprobación, ordenar el pago de las siguientes prestaciones:
2.1 Asistencia prestada por facultativo ajeno.
2.2 Ayudas suplementarias por transporte sanitario.