Quinto. Directrices de elaboración.
Quinto de la Orden PJC/1216/2025, de 30 de octubre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional de 14 de julio de 2025, por el que se aprueba el procedimiento para el desarrollo del Catálogo de Recursos de la Seguridad Nacional, nivel Comunidades y Ciudades Autónomas. · BOE-A-2025-22022
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-11-02.
Texto consolidado
1. El borrador de Catálogo de recursos de la Seguridad Nacional, nivel Comunidades y Ciudades Autónomas, contendrá, al menos:
a. los recursos que formarán parte del mismo.
b. los procedimientos para actualizar la información.
2. Anualmente, el Consejo de Seguridad Nacional informará al Consejo de Ministros de las acciones realizadas y del estado de desarrollo del Catálogo.
3. En el plazo de dos años a contar desde la publicación del presente Acuerdo, el Consejo de Seguridad Nacional elevará la propuesta de Catálogo de recursos de la Seguridad Nacional, nivel Comunidades y Ciudades Autónomas, para su consideración por el Consejo de Ministros.
4. El Departamento de Seguridad Nacional, como Secretaría Técnica y órgano de trabajo permanente del Consejo de Seguridad Nacional, coordinará el conjunto del proceso de desarrollo del Catálogo de recursos de la Seguridad Nacional.
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