Quinto.
Quinto de la Orden de 26 de mayo de 1989 por la que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM3 del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención referente a carretillas automotoras de manutención. · BOE-A-1989-13106
Atención: BOE-A-1989-13106 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Cuando los controles mencionados en el apartado anterior muestren que una carretilla automotora de manutención no cumple las exigencias de dicha Instrucción Técnica Complementaria, el Ministerio de Industria y Energía se dirigirá a los Organismos competentes para que, mediante el procedimiento legal correspondiente, se pueda prohibir la comercialización, el uso, o se proceda a retirar del mercado la carretilla de que se trate.