Quinta. Programas de doctorado.
Quinta de la Orden DEF/375/2021, de 20 de abril, por la que se aprueban las directrices generales para la ordenación de la investigación y la transferencia del conocimiento en los centros universitarios de la defensa. · BOE-A-2021-6463
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-24.
Texto consolidado
En los CUD se podrán impartir estudios conducentes a la obtención de títulos oficiales de doctor. Para ello, se podrán establecer convenios con las universidades de adscripción y otras, para crear y, en su caso, coordinar, dentro de las escuelas de doctorado de dichas universidades, programas específicos de doctorado relacionados con áreas de conocimiento propias de cada CUD, que faciliten el desarrollo de líneas de investigación avanzadas de interés para el Ministerio de Defensa y la transferencia del conocimiento.
Estos programas podrán ser ofertados a personal militar y civil del Ministerio de Defensa en las condiciones que se establezcan, que reúna los requisitos necesarios de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, y en las normas de cada universidad.
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