Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
Primero de la Resolución de 9 de febrero de 2023, del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se establece el procedimiento para el pago por vía telemática de las tasas y el canon establecidos en la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del mercado de tabacos y normativa tributaria. · BOE-A-2023-4134
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-16.
Texto consolidado
La presente resolución tiene por objeto establecer el procedimiento para el pago telemático de la tasa y canon previstos en los artículos 5.Ocho.a) y 4.Seis de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, y la Orden HAC/475/2021, de 29 de abril, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación y liquidación de la tasa y el canon establecidos en la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria.
En particular, se podrá realizar el pago telemático de las siguientes tasas del Comisionado para el Mercado de Tabacos previstas en el anexo I.C) de la Orden de 4 de junio de 1998 por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública:
a) Tasa con código 596-Prestación de servicios del mercado de tabacos.
b) Tasa con código 597-Solicitud de concesión de expendedurías de tabaco.
c) Tasa con código 598-Autorizaciones de Puntos de Venta con Recargo.
d) Tasa con código 599-Canon de expendeduría de tabaco y timbre.
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