Primero.
Primero de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establecen las condiciones que han de cumplirse para tener la consideración de punto de presencia de la red SARA (PdP). · BOE-A-2017-8018
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-09.
Texto consolidado
Aprobar las condiciones específicas que deben cumplir las entidades privadas que facilitan servicios de administración electrónica, para ser consideradas PdP de la Red SARA, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado II.1.2.f de la Norma Técnica de Interoperabilidad de Requisitos de conexión a la Red de Comunicaciones de las Administraciones Públicas Españolas, y que se recogen en el anexo I.