Primero. Recargo en favor del Consorcio de Compensación de Seguros para el cumplimiento de sus funciones como fondo de garantía del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-07-01.
Texto consolidado
El recargo en favor del Consorcio de Compensación de Seguros para el cumplimiento de las funciones que le encomienda el artículo 11 del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, queda fijado en el 1,5 por cien de las primas comerciales del citado seguro obligatorio.
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- → Segundo. Eficacia.
- Ver la norma completa: Resolución de 31 de mayo de 2016, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se aprueba el recargo en favor del Consorcio de Compensación de Seguros para financiar sus funciones como fondo de garantía del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor.