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Resolución Derogada 2 redacciones

Primero.

Primero de la Resolución de 28 de mayo de 2012, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina el contenido mínimo de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado» por las Entidades a las que les sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado. · BOE-A-2012-7441

Atención: BOE-A-2012-7441 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Información a publicar por las entidades a las que les sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, cuyo presupuesto de gastos tenga carácter limitativo.

Las entidades a las que les sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado aprobada por Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, cuyo presupuesto de gastos tenga carácter limitativo, deberán publicar anualmente en el «Boletín Oficial del Estado» la siguiente información que se ajustará a los modelos previstos en el Plan General de Contabilidad pública, aprobado por Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril con las especialidades que se contemplan en dicha Instrucción:

I. Balance.

II. Cuenta de resultado económico patrimonial.

III. Resumen del Estado de cambios en el patrimonio neto.

III.1 Estado total de cambios en el patrimonio neto.

III.2 Estado de ingresos y gastos reconocidos.

IV. Estado de flujos de efectivo.

V. Estado de liquidación del Presupuesto.

V.1 Liquidación del Presupuesto de gastos, desarrollado a nivel de capítulo.

V.2 Liquidación del presupuesto de ingresos, desarrollado a nivel de capítulo.

V.3 Resultado de operaciones comerciales.

V.4 Resultado presupuestario.

VI. Resumen de la Memoria:

VI.1 Organización y Actividad (punto 1 de la Memoria).

VI.2 Bases de presentación de las cuentas (punto 3 de la Memoria).

VI.3 Normas de reconocimiento y valoración (punto 4 de la Memoria).

VI.4 Inmovilizado material (punto 5 de la Memoria).

VI.5 Activos financieros: Estado resumen de la conciliación [punto 9.1.a) de la Memoria].

VI.6 Pasivos financieros: Situación y movimientos de las deudas. Resumen por categorías [punto 10.1.c) de la Memoria].

VI.7 Transferencias, subvenciones y otros ingresos y gastos (punto 14 de la Memoria).

VI.8 Provisiones y contingencias (punto 15 de la Memoria).

VI.9 Información presupuestaria.

a) Compromisos de gasto con cargo a presupuestos de ejercicios posteriores. (Punto 23.3 de la Memoria).

b) Estado del remanente de tesorería (punto 23.5 de la Memoria).

c) Balance de resultados e informe de gestión (punto 23.6 de la Memoria).

VI.10 Indicadores financieros, patrimoniales y presupuestarios (punto 24 de la Memoria).

VI.11 Hechos posteriores al cierre (punto 27 de la Memoria).

VII. Informe de auditoría de las cuentas anuales realizado en virtud del artículo 168 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-06-08.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2013-6043.

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