Primero. Obligatoriedad y evaluación de las pruebas.
Primero de la Resolución de 27 de marzo de 2015, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las pruebas de capacitación para la obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas. · BOE-A-2015-3780
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-10.
Texto consolidado
El resultado de las pruebas de capacitación exigidas en el artículo 8.b). de la Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, para la obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas, será evaluado por esta Dirección General de la Guardia Civil.
La superación de las pruebas será requisito imprescindible para quienes deseen obtener, por primera vez, la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.