Primero. Creación y objeto.
Primero de la Resolución de 23 de abril de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de abril de 2026, por el que se crea la Plataforma Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres y se establece su organización y funcionamiento. · BOE-A-2026-9157
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE.
Texto consolidado
1. Se crea la Plataforma Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres (la Plataforma).
2. La Plataforma tiene por objeto la incorporación de la reducción del riesgo de desastres de manera transversal, coherente y coordinada en las políticas públicas, la planificación y los programas del Estado, conforme a los marcos internacionales vigentes en la materia, para la consecución de los siguientes objetivos:
a) La coordinación respecto al desarrollo y divulgación del conocimiento, procedimientos y datos. Estos datos, cuando se refieran a personas físicas, deberán incluir sistemáticamente la variable de sexo.
b) La mejora de la coordinación en materia de reducción de riesgo de desastres entre el nivel internacional, nacional y autonómico.
c) El fortalecimiento del compromiso de las partes implicadas para mejorar la capacidad de influir en las decisiones políticas referentes a reducción de riesgo de desastres.
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- Ver la norma completa: Resolución de 23 de abril de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de abril de 2026, por el que se crea la Plataforma Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres y se establece su organización y funcionamiento.