Primero. Recuperación de las obligaciones de servicio público en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-10-28.
Texto consolidado
A partir del 28 de octubre de 2022 serán exigibles las obligaciones de servicio público establecidas en el anexo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de febrero de 2018, por el que se declaran obligaciones de servicio público en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona, quedando sin eficacia, para estas rutas, las modificaciones temporales establecidas en la Orden TMA/297/2021, de 29 de marzo.
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- → Segundo. Publicidad y eficacia.
- Ver la norma completa: Orden TMA/838/2022, de 22 de agosto, por la que se recuperan las obligaciones de servicio público establecidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de febrero de 2018, por el que se aprueba la declaración de obligaciones de servicio público en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona, dejando sin efecto las modificaciones temporales establecidas por la Orden TMA/297/2021, de 29 de marzo.