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Orden Vigencia agotada

Primero. Suspensión de la activación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad por criterios económicos.

Primero de la Orden SND/260/2020, de 19 de marzo, por la que se suspende la activación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad por criterios económicos ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. · BOE-A-2020-3896

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-20.

Texto consolidado

Mientras se encuentre en vigor el estado de alarma declarado para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, Red Eléctrica de España, S.A., operador del sistema eléctrico, no activará el servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad por criterios económicos a los que hace referencia el artículo 8 de la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, por la que se regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-03-20.

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