Primero. Prórroga del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de febrero de 2021.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-26.
Texto consolidado
Se prorroga la eficacia de las previsiones contenidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de febrero de 2021, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la limitación de los vuelos entre la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles, desde las 18:00 horas del día 30 de marzo de 2021 (hora peninsular) hasta las 00:00 horas del día 13 de abril de 2021 (hora peninsular).
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- → Segundo. Habilitación.
- Ver la norma completa: Orden PCM/284/2021, de 24 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de marzo de 2021, por el que se prorroga el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de febrero de 2021, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la limitación de los vuelos entre la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles.