Primero. Finalidad.
Primero de la Orden INT/3939/2007, de 28 de diciembre, por la que se habilita el Registro de Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles. · BOE-A-2008-115
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-05.
Texto consolidado
La presente Orden tiene por finalidad la habilitación y la determinación de las reglas básicas de funcionamiento del Registro de Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil.