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Orden Vigente

Primero. Objeto.

Primero de la Orden ECO/764/2004, de 11 de marzo, por la que se regulan determinados aspectos de los préstamos de valores a que se refiere el artículo 36.7 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores. · BOE-A-2004-5484

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-05-26.

Texto consolidado

El objeto de la presente Orden es desarrollar las obligaciones específicas de información de carácter financiero de los contratos de préstamo de valores admitidos a negociación en un mercado secundario, regulados en el artículo 36.7 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, y habilitar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para fijar límites al volumen de operaciones de préstamos regulados en dicho precepto o a las condiciones de los mismos.

Las previsiones de la presente Orden no serán aplicables a las operaciones de préstamo realizadas sobre valores de Deuda Pública en anotaciones, que seguirán rigiéndose por su normativa específica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-05-26.

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