Primero.
Primero de la Orden de 7 de junio de 1988 por la que se aprueban diversas instrucciones técnicas complementarias del Reglamento de Aparatos que Utilizan Gas como Combustible. · BOE-A-1988-15170
Atención: BOE-A-1988-15170 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se aprueban las siguientes instrucciones técnicas complementarias del Reglamento de aparatos que utilizan gas como combustible, que se acompañan como anexo a la presente Orden:
ITC MIE-AG 1.–Quemadores a gas fabricados en serie, con aire a presión atmosférica.
ITC MIE-AG 2.–Quemadores a gas fabricados en serie, con aire forzado.
ITC MIE-AG 3.–Cocinas para usos colectivos.
ITC MIE-AG 4.–Sartenes fijas y basculantes para usos colectivos.
ITC MIE-AG 5.–Freidoras para usos colectivos.
ITC MIE-AG 6.–Aparatos domésticos de cocción.
ITC MIE-AG 7.–Calentadores instantáneos de agua para usos sanitarios.
ITC MIE-AG 8.–Calderas murales de calefacción central derivadas de calentadores instantáneos de agua.
ITC MIE-AG 9.–Placa de características para los aparatos a gas.
ITC MIE-AG 11.–Aparatos para la preparación rápida de café.
ITC MIE-AG 12.–Marmitas para usos colectivos.
ITC MIE-AG 13.–Hornos de convección para usos colectivos.
ITC MIE-AG 14.–Baños María para usos colectivos.