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Orden Derogada 2 redacciones

Primero. Ambito de aplicación.

Primero de la Orden de 6 de febrero de 1995 sobre ordenación del pago y pago material en divisas. · BOE-A-1995-3745

Atención: BOE-A-1995-3745 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Esta Orden regula los procedimientos para la ordenación de pago y el pago material en divisas de aquellas obligaciones contraidas en moneda nacional o en divisas por la Administración del Estado y sus organismos autónomos.

2. No será de aplicación esta Orden a las obligaciones derivadas de intereses y amortizaciones de deudas en moneda extranjera creadas o asumidas por el Estado, que se regirán en cuanto a su ordenación de pago y pago material por la normativa que regule el procedimiento a seguir en las distintas operaciones que afectan a la Deuda del Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-01-04.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1996-86.

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