Primero. Constitución y composición.
Primero de la Orden de 4 de mayo de 1998 por la que se regula la Junta Administradora de Vehículos y Maquinaria del Ministerio de Fomento. · BOE-A-1998-11149
Atención: BOE-A-1998-11149 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Junta Administradora de Vehículos y Maquinaria del Ministerio de Fomento, estará integrada por los siguientes miembros:
Presidente: El Director General de Servicios.
Vicepresidente: El Oficial Mayor.
Vocales: Un representante, con categoría de Subdirector General, de cada uno de los Gabinetes de los Secretarios de Estado y de cada uno de los Gabinetes Técnicos de los Secretarios Generales y de la Subsecretaría; el Subdirector General de Seguimiento Económico de Inversiones; el Director del Organismo Autónomo Parque de Maquinaria; el Abogado del Estado-Jefe y el Jefe de la Intervención Delegada.
Secretario: El Jefe de Área de Personal y Servicios del Organismo Autónomo Parque de Maquinaria.
2. El Presidente de la Junta podrá disponer la incorporación a las reuniones de la misma, en calidad de Asesores, con voz pero sin voto, de funcionarios representantes de los órganos directivos interesados directamente en los asuntos a tratar.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2009-16019.