Primero.
Primero de la Orden de 27 de octubre de 2000 por la que se determina el régimen reglamentario aplicable a un artefacto denominado cañón lanza-redes. · BOE-A-2000-19652
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-11-02.
Texto consolidado
Al artefacto denominado cañón lanza-redes le será de aplicación el régimen de adquisición, tenencia y uso que establece el artículo 96.8 del Reglamento de Armas para las armas de inyección anestésica de la categoría 7ª, 1.