Primero.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-07-01.
Texto consolidado
Las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad, aprobadas por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 23 de junio de 1995, se aplicarán obligatoriamente por los clubes deportivos que, sin adoptar la forma de sociedad anónima deportiva, de acuerdo con lo previsto en las disposiciones adicionales séptima y octava de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, participen en competiciones oficiales de carácter profesional y ámbito estatal.
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- → Segundo.
- Ver la norma completa: Orden de 27 de junio de 1995 por la que se dispone que las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las sociedades anónimas deportivas sean de aplicación a los clubes deportivos que no ostenten la forma de sociedad anónima deportiva y que participen en competeciones oficiales de carácter profesional y ámbito estatal.