Primero.
Primero de la Instrucción 2/2023, de 13 de abril, de la Junta Electoral Central, sobre la presentación y gestión electrónica de las excusas presentadas por las personas designadas para integrar las Mesas electorales. · BOE-A-2023-9416
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-19.
Texto consolidado
Los electores podrán presentar sus excusas para formar parte de una Mesa Electoral, conforme a lo establecido en el artículo 27.3 de la LOREG, mediante los impresos legalmente establecidos o utilizando la aplicación informática diseñada por el Ministerio del Interior, o, en su caso, por el órgano competente de una Comunidad Autónoma.