Disposición adicional primera.
Primera del Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuración de la Casa de S. M. el Rey. · BOE-A-1988-11386
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-08-08.
Texto consolidado
El Jefe de la Casa, el Secretario general, el Jefe del Cuarto Militar y el personal de Dirección percibirán. respectivamente, las retribuciones que en los Presupuestos Generales del Estado se atribuyen a Ministros. Secretarios de Estado. Subsecretarios y Directores generales.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-12704.