Octavo. Entidades no colaboradoras.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-11-18.
Texto consolidado
(Suprimido).
Se suprime, con efectos de 18 de noviembre de 2021, por el apartado primero.6 de la Resolución de 20 de septiembre de 2021. Ref. BOE-A-2021-15450
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-15450.
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- ← Séptimo. Vigencia de la adhesión al procedimiento.
- → Noveno. Adhesiones anteriores.
- Ver la norma completa: Resolución de 28 de febrero de 2006, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la validación mediante un código NRC de los avales otorgados por las entidades de crédito y por las sociedades de garantía recíproca y presentados por los interesados ante la administración tributaria.