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Resolución Vigente

Octavo. Continuación de la tramitación de diligencias de embargo de cuentas a la vista con saldos pignorados o de titularidad de deudores incursos en procesos concursales.

Octavo de la Resolución de 16 de diciembre de 2011, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece el procedimiento para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas a la vista abiertas en entidades de crédito. · BOE-A-2011-20269

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-06-01.

Texto consolidado

La tramitación de las diligencias de embargo cuyo resultado de traba hubiera sido el 09 (Saldo pignorado) o el 10 (Situación concursal) continuará mediante la puesta a disposición por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de la diligencia de embargo a la entidad de crédito que corresponda, centralizada y telemática vía Internet, de acuerdo con el procedimiento y especificaciones técnicas que a tales efectos serán aprobados mediante Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-06-01.

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