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Resolución Vigente

Octavo. Dependencia de Gestión de Medios y Recursos.

Octavo de la Resolución de 13 de enero de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la estructura orgánica de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes. · BOE-A-2021-671

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-17.

Texto consolidado

1. Estructura. La Dependencia de Gestión de Medios y Recursos de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, dirigida por su titular, con la asistencia de uno o varios Adjuntos, estará integrada por las unidades administrativas que se le adscriban, que podrán ser las siguientes:

Unidad de Gestión de la Calidad de la Información.

Unidad de Soporte Informático.

Equipo Técnico y de Valoraciones.

Unidad de Recursos Humanos. Unidad de Gestión Económica.

En caso de vacante, ausencia o enfermedad, el titular de la Dependencia designará a los sustitutos de sus Adjuntos.

2. Funciones y competencias. La Dependencia de Gestión de Medios y Recursos gestionará los recursos humanos y materiales así como los medios informáticos de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, con el fin de prestar el apoyo necesario a los órganos y unidades administrativas de la Delegación para el desarrollo de sus funciones.

Asimismo, ejercerá las competencias que le sean delegadas por el titular de la Delegación Central respecto a los procedimientos tramitados por las unidades que la integran. Son funciones de esta Dependencia:

a) La coordinación e implantación de aquellos compromisos de calidad que exijan un desarrollo informático y de los nuevos servicios que ofrezca la Agencia Tributaria a los obligados tributarios adscritos a la Delegación Central basados en nuevas tecnologías; la colaboración en las campañas de prevención e incentivación de la presentación de declaraciones informativas; y el seguimiento y control de la entrada de datos, mediante la recepción, validación y depuración de los mismos.

b) El análisis de necesidades, la prestación de soporte informático y la gestión de las incidencias producidas en la utilización de las aplicaciones corporativas, Internet, aplicaciones ofimáticas y programas de ayuda, respecto a usuarios tanto internos como externos; así como velar por el cumplimiento de las normas y directrices emanadas de la Comisión de Seguridad y Control de Informática.

c) La realización de las actuaciones y la tramitación de los procedimientos que, en materia de recursos humanos, correspondan a la Delegación Central.

d) La realización de las actuaciones y la tramitación de los procedimientos que, en materia económico-presupuestaria, correspondan a la Delegación Central; así como la coordinación de los procesos relacionados con la contabilidad de los tributos.

e) La colaboración en los procedimientos de control y recaudación, especialmente respecto de los sectores de la construcción y promoción inmobiliaria.

En las unidades administrativas desconcentradas de la Delegación Central que no dispongan de personal específicamente dedicado a la gestión de medios materiales e informáticos, estas funciones se desempeñarán por las correspondientes Dependencias Regionales de Informática y de Recursos Humanos y Gestión Económica o Secretarías Generales de las Delegaciones de la Agencia Tributaria donde aquéllas se encuentren ubicadas.

El Equipo Técnico y de Valoraciones, en el que podrán integrarse los facultativos que se determine, realizará las valoraciones, peritajes y otras actuaciones técnicas en materia inmobiliaria con trascendencia tributaria relacionadas con los obligados tributarios adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, así como aquellos otros servicios de apoyo que se le encomienden por el titular de la Dependencia, fundamentalmente en materia de tasación pericial contradictoria, pagos por intangibles y acuerdos previos de valoración, sin perjuicio de las valoraciones que puedan efectuarse por otros Peritos de la Administración, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General Tributaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-17.

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