Octavo. Causa de abstención o recusación.
Octavo de la Resolución 4B0/38106/2019, de 11 de abril, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, sobre delegación de competencias. · BOE-A-2019-5977
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-23.
Texto consolidado
1. Queda excluida de las delegaciones contenidas en los apartados primero, quinto y sexto la resolución de los expedientes en los que concurra, en relación con el titular del órgano destinatario de la delegación, alguna circunstancia que sea causa legal de abstención o recusación.
2. Si se trata de supuestos de los apartados quinto y sexto, los expedientes, una vez instruidos, serán enviados a la Subdirección de Prestaciones, considerándose incluidos en la delegación del apartado primero.
Más artículos de Resolución 4B0/38106/2019
- ← Séptimo. Delegación de competencias en los Directores de las Residencias y el CEISFAS.
- → Noveno. Constancia de la delegación de competencias en las resoluciones que se dicten.
- Ver la norma completa: Resolución 4B0/38106/2019, de 11 de abril, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, sobre delegación de competencias.