Octavo. Otros envíos realizados por la Oficina del Censo Electoral y envíos dirigidos a las personas designadas como miembros de Mesa.
Octavo de la Orden PCI/227/2019, de 4 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de febrero de 2019, por el que se establecen obligaciones de servicio público al prestador del servicio postal universal en las elecciones que se convoquen durante 2019. · BOE-A-2019-3112
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-05.
Texto consolidado
1. Correos realizará la entrega de los siguientes envíos realizados por la Oficina del Censo Electoral:
a) Envío a los electores de las tarjetas censales.
b) Envío a los Ayuntamientos de las listas electorales del censo de consulta.
c) Notificación a los electores de las reclamaciones sobre rectificación del Censo.
d) Notificaciones a los electores de cambios de local electoral.
e) Envío de las listas del censo a los locales electorales.
2. Asimismo, y solo en los casos en los que no sea posible realizar la entrega por otros medios, Correos se encargará de la entrega de las notificaciones de nombramiento de miembros de Mesa Electoral.
Más artículos de Orden PCI/227/2019
- ← Séptimo. Voto por correo de los internos en centros penitenciarios.
- → Noveno. Recogida de la documentación electoral en la Mesa.
- Ver la norma completa: Orden PCI/227/2019, de 4 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de febrero de 2019, por el que se establecen obligaciones de servicio público al prestador del servicio postal universal en las elecciones que se convoquen durante 2019.