Número 16
Número 16 del Decreto 757/1973, de 29 de marzo, por el que se aprueba el adjunto Arancel de los Registradores Mercantiles. · BOE-A-1973-561
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-14.
Texto consolidado
Por la inscripción o anotación de cada aeronave y por la constitución de derechos sobre la misma, aunque se halle en construcción, se devengarán las cantidades fijadas en la escala sexta del número 5, con un mínimo de 3,005061 euros y un tope de 150,253026 euros.
Se convierten a euros las cuantías contempladas por el art. 16 de la Instrucción de 14 de diciembre de 2001. Ref. BOE-A-2001-24394.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2002-12290.