Noveno. Recogida de la documentación electoral en la Mesa.
Noveno de la Orden PCM/185/2022, de 9 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de marzo de 2022, por el que se establecen obligaciones de servicio público al prestador del servicio postal universal en las elecciones que se convoquen durante 2022. · BOE-A-2022-4025
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-15.
Texto consolidado
Durante la jornada electoral, Correos deberá recoger en las Mesas electorales el sobre o sobres que, conteniendo documentación electoral, habrán de ser cursados el día siguiente a la junta electoral correspondiente, en virtud de lo establecido en el artículo 102 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio.
Una vez recogida la documentación y hasta ser cursada a la junta electoral, se deberán adoptar las medidas oportunas para su adecuada custodia. Se dará cuenta al Ministerio del Interior y a la Junta Electoral Central del detalle de estas medidas de custodia.
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