Noveno. De otros documentos identificativos.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-29.
Texto consolidado
Con la finalidad de acreditar la identidad profesional y su vinculación con la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil en el ámbito del Cuerpo Nacional de Policía, así como la de posibilitar la firma electrónica reconocida a sus titulares, la indicada Dirección General expedirá los documentos identificativos correspondientes al personal que seguidamente se relaciona:
1. Personas que ostenten la titularidad de los Órganos Directivos en el ámbito citado.
2. Alumnos del centro de formación para ingreso y funcionarios en prácticas del Cuerpo Nacional de Policía.
3. Funcionarios de los Cuerpos de la Administración General del Estado o de otras Administraciones Públicas y personal laboral que desempeñen puestos de trabajo en el repetido ámbito de la Dirección General.
Más artículos de Orden INT/761/2007
- ← Octavo. Tarjeta soporte del carné profesional.
- → Décimo. Procedimiento de expedición y validez de los documentos y de los certificados electrónicos reconocidos.
- Ver la norma completa: Orden INT/761/2007, de 20 de marzo, por la que se aprueba el nuevo modelo de carné profesional de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía y otros documentos identificativos para determinado personal que presta sus servicios en el ámbito del Cuerpo Nacional de Policía en la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil.