Noveno. Duración del mandato de los representantes de las organizaciones del Tercer Sector en los Consejos Sociales Penitenciarios Locales.
Noveno de la Orden INT/3191/2008, de 4 de noviembre, de creación del Consejo Social Penitenciario y de los Consejos Sociales Penitenciarios Locales. · BOE-A-2008-17967
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-11-09.
Texto consolidado
La duración del mandato de los representantes de las organizaciones no gubernamentales y entidades sociales será de 2 años, pudiendo renovarse dicho mandato o designarse a otros representantes. El mandato se entenderá en todo caso prorrogado por el tiempo que medie entre la finalización del periodo de 2 años y la designación efectiva de los nuevos representantes.
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