Noveno.
Noveno de la Orden EFP/958/2021, de 8 de septiembre, para adaptar los centros concertados de Ceuta y Melilla a la nueva situación COVID-19 en el curso 2021/2022. · BOE-A-2021-14914
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-09-09.
Texto consolidado
Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente a su firma.