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Instrucción Vigente

Norma transitoria. Aplicación a contratos celebrados con anterioridad.

Norma transitoria de la Instrucción 2/1995, de 4 de mayo, de la Agencia de Protección de Datos, sobre medidas que garantizan la intimidad de los datos personales recabados como consecuencia de la contratación de un seguro de vida de forma conjunta con la concesión de un préstamo hipotecario o personal. · BOE-A-1995-10931

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-05-10.

Texto consolidado

Los datos de salud correspondientes a los contratos de seguro de vida celebrados con anterioridad a la publicación de esta Instrucción, que se encuentren incluidos en ficheros de las entidades de crédito, automatizados o no, deberán ser cancelados en el plazo de un mes, contado a partir de la entrada en vigor de la misma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-05-10.

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