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Circular Vigente

Norma primera. Obligación de informar.

Norma primera de la Circular 3/2013, de 29 de julio, del Banco de España, sobre declaración de operaciones y saldos en valores negociables. · BOE-A-2013-8510

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-01.

Texto consolidado

Quedan sometidos a lo dispuesto en esta circular:

1. Las entidades de crédito y las sucursales en España de entidades de crédito inscritas en los registros oficiales del Banco de España que actúen como depositarias o liquidadoras en los mercados regulados de valores negociables, y el Banco de España.

2. Las entidades financieras residentes inscritas en los registros oficiales de la Comisión Nacional del Mercado de Valores que actúen como entidades depositarias o liquidadoras en los mercados regulados de valores negociables.

3. Las entidades financieras inscritas en los registros oficiales de la Comisión Nacional del Mercado de Valores que actúen como sociedades gestoras de fondos de inversión, por lo que se refiere a las participaciones en fondos de inversión españoles.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-01-01.

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