Norma cuarta. Capital principal.
Norma cuarta de la Circular 7/2012, de 30 de noviembre, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre requerimientos mínimos de capital principal. · BOE-A-2012-14977
Atención: Circular 7/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El capital principal de los grupos consolidables de entidades de crédito, así como de las entidades de crédito no integradas en un grupo consolidable de entidades de crédito, estará constituido por la suma de los elementos relacionados en la norma quinta, menos las deducciones contempladas en la norma sexta de esta circular.
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- Ver la norma completa: Circular 7/2012, de 30 de noviembre, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre requerimientos mínimos de capital principal.