El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Norma 71.ª Distintivo de los reservistas voluntarios.

Norma 71 de la Orden DEF/114/2025, de 28 de enero, por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2025-2291

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-02-27.

Texto consolidado

1. El distintivo de reservista voluntario consta de un escudo español partido y enclavado de cuatro: primero, jaquelado de sable y azur, de tres y ocho; segundo, de gules. Jefe con los colores nacionales distribuidos como en la Enseña Nacional cosido de sable. Brochantes dos espadas, la diestra baja con hoja de plata y encabada de oro y la siniestra alta de lo mismo.

2. Estará fabricado en metálico, con unas medidas de 2,5 centímetros de ancho por 3 centímetros de alto y con los esmaltes que correspondan a su descripción heráldica. El distintivo de reservista voluntario se colocará en la zona «D» de ubicación de distintivos, excepto sobre los uniformes de gran etiqueta, etiqueta y campaña.

3. Cuando se porte sobre el uniforme de campaña, el distintivo de reservista voluntario estará plastificado y xerografiado en negro sobre loneta del mismo color del uniforme de campaña. La Unidad Militar de Emergencias podrá adaptar el color de este distintivo para su diferenciación sobre su uniforme de trabajo. Tendrá unas medidas de 4 centímetros de ancho por 5 centímetros de alto sobre el que se enmarcará el escudo de 2,5 centímetros de ancho por 3 centímetros de alto e irá colocado en la zona «D» de ubicación de distintivos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-02-27.

Más artículos de Orden DEF/114/2025

En El Vínculo puedes leer Orden DEF/114/2025 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.