Norma 58.ª Composición de prendas militares específicas para gestantes.
Norma 58 de la Orden DEF/114/2025, de 28 de enero, por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2025-2291
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-02-27.
Texto consolidado
1. Serán prendas específicas para gestantes las siguientes:
– Guerrera/Cazadora.
– Camisa blusón de manga larga.
– Camisa blusón de manga corta.
– Pichi.
– Pantalón.
– Falda.
– Camisola del uniforme de campaña (en unidades donde su uso sea general).
– Pantalones del uniforme de campaña (en unidades donde su uso sea general).
– Prenda de abrigo.
– Medias relax.
– Zapato de tacón bajo.
2. Con carácter general las prendas de cabeza y los guantes serán los mismos que componen los uniformes correspondientes del personal femenino y se utilizarán en las mismas ocasiones.
3. El pichi podrá sustituirse por falda o pantalón, en cuyo caso se emplearán medias o calcetines respectivamente.