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Circular Derogada

Norma 4. Ámbito de aplicación subjetivo.

Norma 4 de la Circular 1/2022, de 10 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, relativa a la publicidad sobre criptoactivos presentados como objeto de inversión. · BOE-A-2022-666

Atención: Circular 1/2022 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Esta Circular será de aplicación a los siguientes sujetos obligados:

a) Los proveedores de servicios sobre criptoactivos cuando realicen actividades publicitarias sobre criptoactivos.

b) Los proveedores de servicios publicitarios.

c) Cualquier persona física o jurídica, diferente de las indicadas en las letras anteriores, que realice por iniciativa propia o por cuenta de terceros una actividad publicitaria sobre criptoactivos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-02-17.

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