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Circular Vigente 2 redacciones

Norma 3. Ponderación de los indicadores de riesgo.

Norma 3 de la Circular 5/2016, de 27 de mayo, del Banco de España, sobre el método de cálculo para que las aportaciones de las entidades adheridas al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito sean proporcionales a su perfil de riesgo. · BOE-A-2016-5203

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-10.

Texto consolidado

Los indicadores de riesgo recibirán las ponderaciones siguientes:

a) Ratio de apalancamiento: 10,5 %.

b) Ratio de capital de nivel 1 ordinario: 10,5 %.

c) Ratio de cobertura de liquidez: 10 %.

d) Ratio de financiación estable neta: 10 %.

e) Ratio de instrumentos de deuda dudosos: 13 %.

f) Ratio de cobertura de instrumentos de deuda dudosos: 5 %.

g) Ratio de activos ponderados por riesgo entre el activo total: 6,5 %.

h) Ratio de rentabilidad del activo: 6,5 %.

i) Participación de la entidad como miembro en un SIP de los previstos en el artículo 113.7 del Reglamento (UE) n.º 575/2013: 8 %.

j) Ratio de activos sin cargas: 13 %.

k) Ratio de fondos propios y pasivos admisibles: 7 %.

Véanse las disposiciones transitorias 1 y 2 de la citada Circular.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-02-10.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-1749.

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