Norma 125.ª Distintivos de destino.
Norma 125 de la Orden DEF/1756/2016, de 28 de octubre, por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2016-10303
Atención: Orden DEF/1756/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El distintivo de destino se portará sobre el uniforme durante el tiempo de permanencia en el destino.
El Jefe de Estado Mayor de la Defensa, el Subsecretario de Defensa y los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, en el ámbito de sus competencias, determinarán las unidades, centros y organismos que disponen de distintivo de destino y regularán su uso.