Norma 119.ª Colocación de las divisas.
Norma 119 de la Orden DEF/114/2025, de 28 de enero, por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2025-2291
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-02-27.
Texto consolidado
Las divisas de empleo se colocarán sobre los distintos tipos de uniforme en los lugares que se indican a continuación:
– En las bocamangas de la guerrera en los uniformes de gran etiqueta y etiqueta de los oficiales generales, coroneles, tenientes coroneles, comandantes, suboficial mayor, subteniente y brigada.
– En las mangas de la guerrera en los uniformes de gran etiqueta y etiqueta del resto de oficiales y suboficiales.
– En las hombreras de los uniformes de gala, especial relevancia y diario de las modalidades «A» y «C».
– En las palas portadivisas de los uniformes de gala, especial relevancia y diario de las modalidades «B».
– En las hombreras de las camisas de los uniformes de trabajo de las modalidades «B» y «C».
– En la cinta identificativa de la cazadora del uniforme de trabajo, del jersey, del uniforme de campaña y de los uniformes técnicos que se determinen.
– En la equipación deportiva, se colocarán en la parte superior izquierda de la zona pectoral.
– En el gorro color verde musgo.